Nueva normativa Jubilación

Desde hace unos días, ya está disponible en la página web de TU SEGURIDAD SOCIAL, la regularización de los días cotizados ya sea a tiempo parcial o tiempo completo en la cual la última reforma de las pensiones emitida este año equiparaba los días cotizados a tiempo parcial a los de tiempo completo independientemente de las horas cotizadas.
Además de indicar la fecha de tu futura jubilación según los nuevos días cotizados y los que te faltan por cotizar.

Por otro lado, comentar que ya existían varias sentencias al respecto en la que ya se podía aplicar esta equiparación pero se debía reclamar a la Seguridad Social , ya que a efectos prácticos no se estaba aplicando, aunque por ley se podía defender y reclamar.

Por otro lado, si solicitas la vida laboral en el Registro electrónico de la Seguridad Social, por esta vía sigue apareciendo los días con el coeficiente de parcialidad.

Como nota, indicar que para prestaciones del SEPE ya se tenían en cuenta los dias cotizados independientemente de su jornada y que esta reforma de las pensiones no afecta en este sentido.

Consúltenos para mas información.

RD 504/22 para la cumplimentación de las bases de datos de los trabajadores autónomos

APLAZAMIENTO DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL REAL DECRETO

El pasado viernes 20 de octubre tuvo lugar una reunión entre el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migración, José Luis Escrivá, el secretario de Estado para la Seguridad Social, Borja Suárez y el presidente del Consejo General de Graduados Sociales, Joaquín Merchán acompañado de José Luis Benito, miembro de la comisión técnica para la Seguridad Social.

Como consecuencia última de esta reunión, se ha recibido en el Consejo General de Graduados Sociales de España un proyecto de Real Decreto en el cual se ha incluido una disposición transitoria por la que se amplía el plazo dado por el RD 504/22 para la cumplimentación de las bases de datos de los trabajadores autónomos, este plazo se ve ampliado hasta el 31 de marzo del 2024.

Esta ampliación es fruto de las reiteradas reivindicaciones realizadas por todos los presidentes de Colegios a las direcciones provinciales de la Tesorería, así como las innumerables demandas realizadas por el presidente y la comisión técnica del Consejo General a la dirección general de la Tesorería.

Desde el Consejo General se va a seguir trabajando con el Ministerio para defender los derechos de los Graduados Sociales, para que, entre todos, podamos conseguir una Administración más cercana y compresiva hacia nuestros profesionales y por ende a la ciudadanía en general

¿QUÉ INFORMACIÓN SE REQUIERE?

  1. Detalles legales de la empresa relacionada, incluyendo su nombre oficial, fecha de establecimiento, registro en el registro mercantil y número de identificación fiscal.
  • Información de las personas asociadas con la empresa y su posición como consejero, administrador, o proveedor de servicios adicionales según lo definido en el artículo 305.2.b).
  • Porcentaje de propiedad que tiene en el capital social.
  • Nombre completo y número de identificación oficial de los familiares que viven con el trabajador autónomo.
  • Número de identificación fiscal del cliente que provee el soporte económico para el trabajador autónomo.
  • La afiliación al colegio profesional requerido para los trabajadores autónomos.
  • Número de identificación fiscal de la empresa o empresas para las que se brindan actividades privadas complementarias.
  • Nombre completo y número de identificación oficial del trabajador autónomo bajo cuya actividad laboral o profesional trabajan los familiares mencionados en el artículo 305.2.k) de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Una declaración de los ingresos netos que el trabajador autónomo espera obtener durante el año en el que se registra para su actividad económica o profesional, ya sea directamente o a través de su participación en una sociedad o comunidad de bienes que determine su inclusión en el régimen especial correspondiente.

El Seguro de Responsabilidad Civil para Perros se Vuelve Obligatorio a partir de Septiembre:

Una medida para garantizar la seguridad y tranquilidad de comunidades y propietarios de mascotas entra en vigencia el próximo mes.

Fecha: 23 de agosto de 2023

En una decisión que busca fortalecer la seguridad y la convivencia entre seres humanos y sus fieles compañeros caninos, las autoridades han anunciado que a partir del próximo mes de septiembre será obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para todos los perros. Esta medida busca asegurar que los propietarios asuman la responsabilidad en caso de incidentes o daños causados por sus mascotas.

El seguro de responsabilidad civil para perros ha sido motivo de discusión en los últimos años debido a un incremento en los incidentes que involucran a estos animales. Desde pequeños altercados con otros perros hasta situaciones más serias con personas y propiedad ajena, los casos de daños ocasionados por perros han impulsado la implementación de esta nueva regulación.

Bajo esta nueva ley, todos los propietarios de perros, independientemente de la raza o el tamaño de la mascota, estarán obligados a adquirir un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños causados por el animal. Esto incluye, pero no se limita a, lesiones a terceros, daños a la propiedad y gastos médicos en caso de mordeduras u otros incidentes relacionados.

La medida no solo protege a las víctimas potenciales de incidentes con perros, sino que también brinda un nivel adicional de seguridad financiera a los propietarios de mascotas. El seguro de responsabilidad civil actuará como un amortiguador en caso de que ocurra un accidente inesperado, evitando que los dueños se enfrenten a costos inesperados que puedan surgir de situaciones imprevistas.

Las primas de los seguros variarán según la raza, el historial de comportamiento del perro y otros factores relevantes. Los propietarios deberán presentar pruebas de su seguro al momento de registrar a sus perros en la municipalidad y renovar la póliza anualmente.

Los defensores de los derechos de los animales han acogido esta medida con cautela optimista, esperando que no solo sirva como un mecanismo de protección, sino también como una forma de incentivar a los dueños a ser más responsables y conscientes de sus mascotas y su comportamiento en la sociedad.

Las autoridades están llevando a cabo campañas de información para educar a los propietarios sobre la nueva regulación y los pasos que deben seguir para adquirir el seguro necesario. Se espera que esta medida no solo contribuya a un entorno más seguro y armonioso, sino que también promueva la responsabilidad entre los dueños de mascotas en toda la comunidad.

British Driving Licenses (Updated 24/03/2023)

Official Updates

UNITED KINGDOM PERMIT EXCHANGES NEWS
British citizens with residence in Spain have 2 months more of validity in their British driving licenses. New Residents still have 6 months to convert their ones.

This is the Updated information of the information sent on March 16, 2023, in relation to the exchange of driving licenses issued by the United Kingdom authorities and who currently reside in Spain.

  • Application completed on an official form
  • Declaration that the right to drive motor vehicles and mopeds is not deprived by judicial decision and that they do not hold another EU or EEA license of the same class as the one requested or that has been been restricted, suspended or annulled.
  • Identity accreditation: Original ID or valid passport or residence card (foreigner identity card).
    Original UNITED KINGDOM OF GREAT BRITAIN AND NORTHERN IRELAND driving license in force or expired if the validity date is after the date of entry into our country.
  • Psychophysical aptitude report, issued by an authorized Driver Recognition Center.
  • ID Photograph
  • Permit verification code: The interested party must access the following web pages to obtain the verification code (check code) of their British permit. This code must be communicated to headquarters so that its validity can be verified. If the permit has been issued by:
    Great Britain (DVLA) should access the following address:
    https://www.gov.uk/view-driving-licence
    Northern Ireland (DVA) should access the following address:
    https://www.nidirect.gov.uk/services/view-or-share-your-drivinglicence-information
    For Gibraltar (DVDL) it is not necessary to obtain a code.

We remind you that driving licenses obtained after the acquisition of legal residence in Spain will not be exchanged.
This agreement will not apply to permits issued in the UNITED KINGDOM OF GREAT BRITAIN AND NORTHERN IRELAND by exchange of other permits obtained in a third State that does not belong to the European Union, the European Economic Area or with which Spain has not subscribed. a bilateral exchange agreement.