Existe la creencia en la calle de que el despido percibido de una empresa está exento de pagar IRPF y esto es así, pero no del todo. El despido improcedente, para estar exento, debe haber pasado por el SMAC o decretado por los Tribunales de lo Social.
Además, por seguridad jurídica, sería conveniente pasar, aunque fuera por conciliación, para otros tipo de despidos.