Nuevo Registro de Empresas Intermediadoras en Comunidad Valenciana

Por el DECRETO 98/2022, de 29 de julio, del Consell se regula el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunitat Valenciana sus requisitos.

Se trata de un registro obligatorio y gratuito para todas las empresas que ejerzan la intermediación de viviendas en a Comunidad Valenciana, con establecimiento abierto y de forma profesional. Mediante el cual se quiere garantizar que toda persona física jurídica que ejerza la intermediación tenga los conocimientos necesarios, seguros y medios para el ejercicio de esta función.

Acceso directo al decreto


De momento el procedimiento todavía no está disponible pero habrá que acreditar los siguientes requerimientos para acceder al registro:

a) Requisitos de ubicación y de atención.  Tener establecimiento abierto al público.

b) Cumplir los requisitos de cualificación profesional establecidos para su actividad

C) Hacerlo de forma profesional, no se incluyen en el decreto quien asesore sin percibir honorarios, si bien tienen la obligación de comunicarlo a la Conselleria correspondiente si intervienen en mas de dos operaciones al año.

d) En sus actuaciones como agentes deberán consignar todos los datos referentes a su identificación profesional, ubicación, nombre de la entidad aseguradora o financiera, número de referencia de la garantía número de inscripción en el registro de agentes de intermediación inmobiliaria en el contrato de mandato o nota de encomienda que suscriba con sus clientes.

e) Poseer una titulación universitaria perteneciente a la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura o ser poseedores de certificados de asistencia y aprovechamiento a cursos de formación académica de, al menos, 200 horas lectivas en materia inmobiliaria, relacionada con los servicios de mediación, asesoramiento y gestión. Cuando la actuación se desarrolle a través de una persona jurídica, los requisitos de capacitación profesional se exigirán a los efectos de este registro, a las personas administradoras o un mimbro del Consejo de Administración.

f) Requisitos de solvencia Quien actúe como agente de intermediación inmobiliaria deberá disponer de garantías y seguros .