¿Puedo dimitir como Administrador único de una mercantil?

Una nueva Sentencia del Tribunal Supremo, STS nº685/2022 de 12 de Julio de 2022 ha abordado este interesante tema. Nos ha interesado en el despacho porque un nuevo cliente se ha visto en el desagradable caso de encontrarse con una derivación de responsabilidad desde la Agencia Tributaria por una empresa de la que fue socio y administrador hace ya muchos años.

* Oficina de Mconsulting en la mañana, antes de empezar a atenderles

Este cliente, ante los problemas económicos de la mercantil y, como es habitual cuando las empresas no rinden, por las desavenencias con su socio, se marchó a su casa sin liquidar la mercantil ni dimitir como administrador. La pregunta es ¿podría haberlo hecho? ¿podría haber dimitido?

En efecto, un administrador puede dimitir, pero para hacerlo, tiene la obligación de convocar una nueva Junta General de la Mercantil con el orden del día de elegir a un nuevo administrador. Del cumplimiento de ese requisito, obviamente con el resto de requisitos formales, dependerá la validez o no de esa dimisión y que el Registro Mercantil lo inscriba.