Un vehículo histórico es aquel que, por su antigüedad, singularidad o valor cultural, merece una consideración especial que garantice la preservación de su carácter representativo y simbólico. La normativa busca proteger este patrimonio, permitiendo su uso con seguridad técnica y mecánica, pero bajo un régimen particular que combina ventajas con limitaciones.

¿Qué vehículos pueden ser considerados históricos?
Un vehículo puede obtener la catalogación de histórico si cumple alguno de estos requisitos:
- Antigüedad mínima de 30 años: que haya dejado de producirse su tipo específico, conserve su estado original sin cambios fundamentales en componentes principales, y se encuentre en correcto estado de mantenimiento y conservación.
- Reconocimiento patrimonial: estar inscrito en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o haber sido declarado Bien de Interés Cultural. También los que hayan pertenecido a una personalidad relevante o participado en un acontecimiento histórico.
Consecuencias de la catalogación como histórico
La consideración de histórico otorga ciertas singularidades, entre ellas:
- Exenciones y flexibilización en las exigencias de mantenimiento e ITV.
- Restricciones en la circulación, ya que solo pueden utilizarse de manera ocasional y un máximo de 96 días al año.
- Prohibición de uso como transporte cotidiano, público, agrícola o de obras y servicios.
Nuevo reglamento de vehículos históricos (en vigor desde el 1 de octubre de 2024)
La normativa distingue dos procedimientos según las características del vehículo:
Grupo A – Cambio de servicio a histórico de vehículos ya matriculados en España
Aplica a vehículos que:
- Estén ya matriculados en España.
- No estén dados de baja permanente.
- Tengan la ITV en vigor.
En estos casos, el vehículo obtiene la consideración de histórico conservando su matrícula original.
Grupo B – Matriculación como histórico de vehículos no matriculados en España y excepciones
Dirigido a:
- Vehículos de importación no matriculados previamente en España.
- Vehículos nunca matriculados en nuestro país.
- Vehículos en situación de baja definitiva.
- Aquellos cuyos titulares deseen obtener una matrícula histórica por no corresponder la matrícula ordinaria con la fecha de fabricación.
En estos casos, se asigna una matrícula histórica con prefijo “H”, en lugar de una matrícula ordinaria.
Además, el titular puede solicitar en cualquier momento la reversión a la condición de vehículo ordinario.
Inspecciones técnicas (ITV) para vehículos históricos
La normativa establece una periodicidad específica:
- Ciclomotores: exentos de ITV (opcional de forma voluntaria).
- Motocicletas: cada 4 años.
- Turismos y resto de vehículos:
| Antigüedad del vehículo | Frecuencia ITV |
| Menos de 40 años | Cada 2 años |
| Entre 40 y 45 años | Cada 3 años |
| Más de 45 años | Cada 4 años |
Importante: en la ITV no se exigirá equipar elementos de seguridad o características obligatorias actuales que el vehículo no tuviera en su fabricación.
Legislación anticontaminación
Los vehículos históricos están exentos de cumplir las normas de emisiones y anticontaminación, dada su condición especial.
Normas de circulación de los vehículos históricos
Aunque cuentan con un régimen especial, deben cumplir las normas generales de tráfico, disponer de seguro obligatorio y de la ITV en vigor cuando corresponda.
Limitaciones principales:
- Circulación ocasional (máximo 96 días al año).
- Prohibido su uso como transporte habitual, público, agrícola o de obras.
- Deben respetar las limitaciones de la Tarjeta de Inspección Técnica.
Velocidad máxima y limitaciones específicas
- Vehículos que no superen 40 km/h → deben circular por el arcén siempre que sea posible.
- Vehículos que no alcancen 60 km/h → no pueden circular por autopistas ni autovías.
- Vehículos sin cinturones delanteros → límite de 80 km/h.
- Prohibido que menores de 135 cm viajen en vehículos históricos sin cinturón o sin posibilidad de instalar sistemas de retención infantil.
- Posibles restricciones de circulación en fechas o vías concretas para vehículos que no superen los 80 km/h.
Alumbrado y señalización
Si el vehículo carece de sistemas de alumbrado o señalización óptica, no podrá circular entre la puesta y la salida del sol ni en condiciones de baja visibilidad.
Eventos y concentraciones
Se pueden organizar eventos con más de 10 vehículos históricos en vías abiertas al tráfico, siempre previa autorización administrativa.
Conclusión
La matriculación de un vehículo histórico en España es un proceso que depende de su procedencia y estado administrativo:
- Grupo A: vehículos ya matriculados en España, con ITV en vigor y sin baja definitiva, que conservan su matrícula original.
- Grupo B: vehículos importados, sin matricular, de baja definitiva o con matrícula no acorde a su antigüedad, a los que se asigna matrícula “H”.
Obtener la condición de histórico supone beneficios en cuanto a ITV y exenciones normativas, pero también implica restricciones de circulación y uso ocasional. Se trata de una figura que busca equilibrar la preservación del patrimonio automovilístico con la seguridad vial y la protección medioambiental.