
Cada vez es más habitual que los autónomos extranjeros utilicen cuentas bancarias abiertas antes de obtener su NIE o recurran a neobancos para gestionar su actividad. Sin embargo, una cuenta que funciona correctamente para operaciones ordinarias no siempre es adecuada para relacionarse con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
La cuenta bancaria debe estar identificada con el NIE
Algunos extranjeros abrieron inicialmente su cuenta bancaria utilizando únicamente el pasaporte. Una vez obtenido el NIE, es fundamental comunicarlo al banco y asegurarse de que la cuenta queda asociada a este número.
Si la entidad bancaria continúa identificando al cliente mediante el pasaporte, la Administración puede no reconocer que el titular de la cuenta es la misma persona que figura como contribuyente o autónomo.
Esto puede provocar:
- El rechazo de la domiciliación de impuestos.
- La devolución de cuotas de autónomos o seguros sociales.
- Retrasos en el cobro de devoluciones tributarias.
- La aparición de deudas por falta de pago.
- Recargos y, dependiendo del caso, posibles sanciones.
Por tanto, no siempre es necesario abrir una cuenta nueva, pero sí acudir al banco y comprobar que el titular aparece correctamente identificado con su NIE y que esta información ha sido comunicada a la Administración.
Precaución con los neobancos
También observamos que cada vez más autónomos extranjeros abren cuentas en neobancos o entidades que operan exclusivamente por internet.
Estas cuentas pueden resultar cómodas y económicas, pero no todos los neobancos ni todos los tipos de cuenta están admitidos para operar con la Seguridad Social. Algunas entidades no figuran entre las entidades financieras autorizadas o no permiten domiciliar determinados pagos administrativos.
Esto puede ocasionar problemas tanto a los autónomos como a las sociedades, especialmente en:
- El pago de la cuota mensual de autónomos.
- La domiciliación de los seguros sociales de los trabajadores.
- La gestión de devoluciones o prestaciones.
- El pago de impuestos mediante domiciliación bancaria.
El hecho de que una cuenta tenga un IBAN español o europeo no garantiza por sí solo que pueda utilizarse correctamente para todas estas operaciones.
Nuestra recomendación
Antes de domiciliar impuestos, cuotas de autónomos o seguros sociales, recomendamos comprobar:
- Que la cuenta esté abierta o actualizada con el NIE del titular.
- Que el nombre y el NIE comunicados por el banco coincidan exactamente con los registrados en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Que la entidad bancaria admita domiciliaciones de la Agencia Tributaria.
- Que la entidad pueda operar con la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Que la cuenta disponga de saldo suficiente en las fechas de cobro.
La Agencia Tributaria comprueba en determinados trámites que la cuenta esté informada a su nombre y que admita domiciliaciones. Por ello, una identificación bancaria incorrecta puede impedir que la operación se tramite correctamente.
En Mconsulting podemos comprobar si una entidad bancaria figura entre las admitidas y asesorarle antes de utilizar la cuenta para su actividad profesional.
Una comprobación previa puede evitar devoluciones de recibos, recargos y problemas innecesarios con Hacienda o la Seguridad Social.